Primer acercamiento a la adopción y al RUAGFA
Bienvenidos
Si está leyendo esta guía, probablemente se encuentre transitando una pregunta importante: ¿estoy en condiciones de iniciar un proyecto adoptivo?
La adopción es una experiencia profundamente humana que implica encuentros, historias, desafíos, aprendizajes y transformaciones. También es una institución jurídica destinada a garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia cuando ello no puede ser garantizado por su familia de origen.
Esta guía tiene como finalidad brindar información básica sobre el sistema de adopción, el funcionamiento del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGFA) y algunos aspectos que consideramos importantes para quienes desean iniciar este camino.
¿QUÉ ES LA ADOPCIÓN?
La adopción es una medida de protección integral destinada a restituir el derecho de niñas, niños y adolescentes a crecer y desarrollarse en una familia.
No se trata de encontrar un niño para una familia.
Se trata de encontrar una familia para una niña, niño o adolescente que necesita ejercer su derecho a vivir en un entorno familiar estable, protector y afectivo.
Por este motivo, todo el sistema adoptivo se encuentra orientado por el interés superior del niño, la preservación de su identidad y el respeto por su historia personal.
PRINCIPIOS RECTORES
Todo proceso adoptivo se encuentra atravesado por algunos principios fundamentales:
- El interés superior de niñas, niños y adolescentes.
- El respeto por la identidad.
- El derecho a conocer los orígenes.
- La preservación de vínculos significativos.
- La preservación de vínculos entre hermanos.
- El derecho a ser oído y que su opinión sea tenida en cuenta.
- El agotamiento previo de las posibilidades de permanencia o reintegro con la familia de origen o ampliada.
Estos principios orientan todas las decisiones administrativas, técnicas y judiciales que se adoptan durante el proceso.
¿QUIÉNES PUEDEN ADOPTAR?
Pueden inscribirse como aspirantes:
- Matrimonios
- Personas integrantes de una unión convivencial.
- Personas solas.
La legislación argentina exige, en términos generales:
- Tener 25 años de edad o más.
- Tener al menos 16 años de diferencia con la niña, niño o adolescente que eventualmente pudiera ser adoptado.
- Acreditar residencia permanente en el país durante los plazos previstos por la normativa vigente.
La ley no exige ser propietario de una vivienda, poseer un determinado nivel económico ni responder a un modelo familiar específico.
Cada situación es evaluada de manera integral, considerando las posibilidades reales de brindar cuidado, protección y acompañamiento.
¿QUIÉNES PUEDEN SER ADOPTADOS?
Pueden ser adoptadas las niñas, niños y adolescentes menores de edad que hayan sido declarados judicialmente en situación de adoptabilidad o cuyos progenitores hayan sido privados de la responsabilidad parental.
Antes de llegar a esta instancia, los organismos de protección de derechos y el Poder Judicial deben haber trabajado para garantizar, siempre que sea posible, la permanencia o reintegro con la familia de origen o ampliada.
La adopción constituye una medida excepcional y de último recurso.
¿QUÉ ES EL RUAGFA?
El Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGFA) es el organismo creado por la Ley Provincial N.º 2786 para centralizar la inscripción, evaluación, actualización y seguimiento de las personas interesadas en adoptar en la Provincia de Santa Cruz.
Asimismo, integra la Red Federal de Registros de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, lo que permite la articulación con todas las jurisdicciones del país.
El RUAGFA no se limita a recibir formularios o documentación. Su función incluye:
- Brindar orientación e información.
- Recibir y analizar las solicitudes de inscripción.
- Coordinar evaluaciones técnicas.
- Conformar y actualizar legajos.
- Promover espacios de formación y reflexión.
- Articular con organismos de protección de derechos.
- Articular con el Poder Judicial.
En el marco de los acuerdos institucionales vigentes, participan profesionales especializados de trabajo social y psicología que colaboran en la elaboración de informes y evaluaciones destinadas a valorar las condiciones necesarias para el ejercicio de una guarda con fines adoptivos.
Por ello, el proceso de inscripción debe entenderse como una instancia de construcción conjunta y no únicamente como un trámite administrativo.
Asimismo, el Registro promueve instancias de orientación, capacitación, reflexión y acompañamiento destinadas a fortalecer los proyectos adoptivos antes, durante y después de las distintas etapas del proceso.
EVALUACIÓN Y VIABILIDAD ADOPTIVA
La evaluación constituye una instancia fundamental del proceso.
Su finalidad no es aprobar o desaprobar personas. Tampoco busca identificar familias perfectas.
Su objetivo es conocer a quienes desean adoptar, comprender sus trayectorias de vida, sus recursos personales y familiares, sus motivaciones, expectativas, fortalezas y aspectos que podrían requerir acompañamiento.
Durante este proceso pueden desarrollarse:
- Entrevistas individuales.
- Entrevistas de pareja.
- Entrevistas familiares.
- Evaluaciones psicológicas.
- Evaluaciones sociales.
- Visitas domiciliarias.
- Espacios grupales de reflexión.
- Solicitud de documentación complementaria.
- Actualizaciones periódicas.
Toda la información relevada permite construir una mirada integral sobre cada proyecto adoptivo.
¿Qué es la viabilidad adoptiva?
La viabilidad adoptiva es una valoración técnica que permite analizar si existen condiciones suficientes para asumir un proyecto adoptivo desde una perspectiva respetuosa de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
No depende exclusivamente del deseo de adoptar. Implica considerar aspectos tales como:
- Disponibilidad emocional.
- Estabilidad vincular.
- Capacidad de cuidado.
- Flexibilidad para acompañar historias complejas.
- Capacidad de pedir ayuda cuando sea necesario.
- Red de apoyo familiar o comunitaria.
- Disponibilidad adoptiva real.
La viabilidad adoptiva no es una condición fija ni definitiva. Puede fortalecerse, modificarse y construirse a lo largo del tiempo mediante procesos de reflexión y acompañamiento.
Disponibilidad adoptiva
La disponibilidad adoptiva refiere a las características y situaciones que las personas consideran posibles de acompañar dentro de un proyecto familiar.
No constituye una elección de niños, niñas o adolescentes. Representa una reflexión sobre las propias posibilidades actuales.
Por ello, se solicita a las personas aspirantes que puedan pensar aspectos relacionados con:
- Edad.
- Grupos de hermanos.
- Situaciones de discapacidad.
- Situaciones de salud.
- Trayectorias institucionales.
- Adolescencias.
Situaciones de discapacidad
Las situaciones de discapacidad pueden ser muy diversas. A modo orientativo:
Discapacidad física
Implica limitaciones relacionadas con la movilidad o determinadas funciones corporales.
Discapacidad sensorial
Comprende situaciones vinculadas a la visión o la audición.
Discapacidad intelectual
Implica diferentes niveles de apoyo en los procesos de aprendizaje y autonomía.
Discapacidad psicosocial
Comprende situaciones vinculadas a la salud mental que pueden requerir acompañamientos específicos.
Trastornos del desarrollo
Incluyen condiciones que pueden impactar en la comunicación, interacción social o aprendizaje.
Cada situación es única y requiere ser comprendida en su singularidad.
Situaciones de salud
También existen distintas situaciones vinculadas a la salud. Por ejemplo:
- Enfermedades crónicas.
- Tratamientos médicos prolongados.
- Necesidad de controles periódicos.
- Tratamientos de salud mental.
- Necesidad de apoyos terapéuticos específicos.
La información brindada durante las convocatorias siempre es evaluada caso por caso.
VIGENCIA DE LA INSCRIPCIÓN, RATIFICACIÓN Y REEVALUACIÓN
La inscripción en el Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGFA) implica un compromiso activo y sostenido por parte de las personas aspirantes.
Los proyectos familiares, las situaciones personales, laborales, vinculares y habitacionales pueden modificarse con el paso del tiempo. Del mismo modo, las disponibilidades adoptivas pueden ampliarse, modificarse o requerir una nueva reflexión a partir de experiencias, aprendizajes y procesos personales.
Por este motivo, la normativa prevé instancias periódicas de actualización destinadas a mantener vigente la información obrante en cada legajo y asegurar que los datos disponibles reflejen adecuadamente la realidad actual de cada proyecto adoptivo.
Ratificación anual
Una vez al año, las personas inscriptas deberán ratificar formalmente su voluntad de continuar formando parte del Registro.
Esta instancia tiene por finalidad:
- Confirmar la continuidad del proyecto adoptivo.
- Mantener vigente la inscripción en el Registro.
- Actualizar datos personales y de contacto.
- Informar cambios familiares, laborales o habitacionales que pudieran haberse producido.
La falta de ratificación dentro de los plazos establecidos podrá generar la suspensión o baja administrativa de la inscripción, de acuerdo con la normativa vigente.
Reevaluación periódica
Cada dos años se realizará una reevaluación técnica del legajo.
Su objetivo es actualizar la información existente y valorar posibles modificaciones producidas desde la evaluación anterior.
La reevaluación podrá incluir, según cada situación particular:
- Entrevistas individuales.
- Entrevistas familiares o de pareja.
- Actualización de documentación.
- Informes sociales.
- Informes psicológicos.
- Visitas domiciliarias, cuando resulte necesario.
- Revisión de la disponibilidad adoptiva inicialmente manifestada.
Estas instancias no deben interpretarse como una sanción ni como un obstáculo para continuar inscriptos, sino como herramientas destinadas a garantizar que el Registro cuente con información actualizada, confiable y acorde a la realidad de cada postulante.
Las personas cambian, las familias cambian y las disponibilidades adoptivas también pueden modificarse con el tiempo. Por ello, la actualización periódica de los legajos constituye una parte esencial del proceso.
La actualización permanente de la información representa una responsabilidad compartida entre las personas aspirantes y el RUAGFA, contribuyendo a fortalecer los procesos de selección familiar y la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
ETAPAS DEL PROCESO ADOPTIVO
1. Situación de adoptabilidad
Intervienen organismos de protección de derechos y el Poder Judicial. Se analiza la situación familiar de la niña, niño o adolescente y se determina si corresponde la declaración de adoptabilidad.
2. Búsqueda y selección de postulantes
Se identifican legajos compatibles con las necesidades y características particulares de la niña, niño o adolescente.
3. Vinculación
Comienza el proceso de encuentros progresivos y acompañados entre la niña, niño o adolescente y las personas seleccionadas.
4. Guarda con fines adoptivos
Si la vinculación resulta favorable, la autoridad judicial puede otorgar la guarda con fines adoptivos. Durante esta etapa continúan los acompañamientos y seguimientos.
5. Juicio de adopción
Es la instancia judicial que constituye legalmente el vínculo filial mediante sentencia.
LA REALIDAD DE LA ADOPCIÓN EN SANTA CRUZ
A lo largo de los años, el sistema provincial ha mostrado una realidad que merece ser conocida por quienes desean inscribirse.
Existe un importante interés social por la adopción y numerosas familias han transitado el proceso de inscripción.
Sin embargo, la mayoría de las postulaciones se concentran en niñas y niños pequeños, generalmente menores de seis años.
Las convocatorias más complejas suelen involucrar:
- Grupos de hermanos.
- Niñas y niños mayores.
- Adolescentes.
- Situaciones de discapacidad.
- Situaciones de salud que requieren apoyos específicos.
Por ello, uno de los principales desafíos del sistema consiste en acercar las expectativas de las familias a las necesidades reales de quienes esperan una familia.
La experiencia acumulada por el RUAGFA demuestra que no alcanza con querer adoptar.
También es necesario construir herramientas, recursos y disponibilidades que permitan sostener los desafíos que cada historia presenta.
PARA FINALIZAR
La adopción no comienza cuando una familia recibe una llamada.
Tampoco cuando se inicia una vinculación.
Comienza mucho antes.
Empieza cuando una persona se anima a preguntarse qué lugar puede ofrecer en su vida para alojar la historia de otra persona.
Las niñas, niños y adolescentes que esperan una familia no necesitan familias perfectas.
Necesitan adultos disponibles para acompañar, escuchar, sostener y construir vínculos a lo largo del tiempo.
Esperamos que esta guía contribuya a iniciar ese proceso de reflexión.
MARCO NORMATIVO
El sistema de adopción en la República Argentina se encuentra regulado por un conjunto de normas nacionales y provinciales destinadas a garantizar la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Entre las principales normas que orientan el funcionamiento del RUAGFA y los procesos de adopción se encuentran:
- Convención sobre los Derechos del Niño.
- Ley Nacional N.º 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley Nacional N.º 25.854 de Creación de la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos.
- Ley Provincial N.º 2786 de Adhesión a la Ley Nacional N.º 25.854.
- Ley Provincial N.º 3062 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Santa Cruz.
Estas normas establecen los principios, requisitos, procedimientos y garantías que regulan la inscripción de aspirantes, la evaluación de los legajos, la intervención judicial y la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes durante todo el proceso adoptivo.